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Debe revisarse a fondo la propuesta de incrementar el número de delitos en los que aplique la prisión preventiva oficiosa

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La prisión preventiva oficiosa debe ser aplicable en todos los delitos, siempre y cuando haya la justificación de que el presunto culpable puede evadir la aplicación de la justica, señaló el abogado litigante, Cipriano Sotelo Salgado.

También conocida como prisión preventiva automática, es el recurso legal con el que se puede encarcelar a las personas inculpadas por un crimen “grave” sin juicio y sin sentencia, explicó el doctor en derecho.

Recientemente, el presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, presentó un paquete de reformas constitucionales al Congreso de la Unión. Ahí propuso ampliar la lista de delitos que ameritan el uso de este recurso jurídico.

Ya lo dijo la Corte Suprema de este país, la prisión preventiva debe ser justificada en todos los casos y no oficiosa, qué quiero decir, esto es muy importante, la prisión preventiva sí debe existir, pero no debe existir para un número de delitos determinado, debe existir para todos los delitos, cualquiera, pero siempre y cuando el fiscal sea capaz de justificarle al juez su imposición porque hay peligro que se evada de la acción de la justicia el imputado

Cipriano Sotelo Salgado / Abogado Litigante

Consideró que miles de personas debieran estar en libertad, sin embargo, están en la cárcel por la prisión preventiva oficiosa. 

En términos generales en todo el país yo creo que, por lo menos, 100 mil personas están detenidas con prisión preventiva oficiosa que debería revisarse su caso de manera particular y yo creo que en el 80 por ciento podrían otorgar su libertad, entonces, hablamos de 80 mil personas que están detenidas todo porque los jueces no abren las audiencias, no hay presión de los litigantes

Cipriano Sotelo Salgado / Abogado Litigante

Dentro de esta 20 iniciativas que el presidente López Obrador envió al poder legislativo, propone extender la prisión preventiva oficiosa para quien cometa extorsión, narcomenudeo, delitos previstos en las leyes aplicables cometidos para la ilegal producción, preparación, enajenación, adquisición, importación, exportación, transportación, almacenamiento y distribución de drogas sintéticas, como el fentanilo y sus derivados, así como en los de defraudación fiscal, entre otros.