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En Morelos ya no se permitirán las mal llamadas “terapias de conversión”, tras reformarse el Código Penal

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Después de la reforma al Código Penal que aprobó el Congreso del Estado, en Morelos se castigará de dos a cinco años de prisión a quien promueva, efectúe o practique las llamadas “terapias de conversión”.

En este sentido, el integrante del colectivo Equidad y Participación Ciudadana A.C., Isidro Añorve Sánchez, señaló que desde hace un año se promovió que fueran eliminadas de la legislación local este tipo de prácticas.

Estas terapias tienen como objeto cambiar, entre comillas, la orientación sexual o la identidad de género de las personas LGBT. Morelos se convierte en el estado número 18 que prohíbe y sanciona estás terapias, ya son 18 estados en todo el país que contemplan en sus códigos penales la sanción hacia estas terapias de conversión.

Isidro Añorve Sánchez / Colectivo Equidad y Participación Ciudadana A.C

Añorve Sánchez afirmó que es una actividad que se ha normalizado, e incluso, en algunos casos, son los propios familiares quienes las promueven cuando saben que un ser querido es de la comunidad de la diversidad sexual. 

Por ello, invitó a la ciudadanía a que estas terapias de conversión sean denuncias ante la Fiscalía General del Estado para sancionar a quien o quienes las lleven a cabo.