El derecho a la libertad de expresión tiene límites, que se sobrepasan cuando se trastoca la dignidad de las personas, se abordan estereotipos o se afecta la dignidad, en el caso de las mujeres víctimas, ello representa violencia política en razón de género, explicó la Magistrada presidenta del Tribunal Electoral del Estado de Morelos, Ixel Mendoza Aragón.
Al hablar sobre este tema en el Centro de Capacitación, Información y Gestión Social de Cuautla, explicó que, las insinuaciones de la vida personal y laboral, exclusión de una candidatura por embarazo, caricaturizar sobre su físico, comentarios sobre el cuerpo de la mujer durante una reunión laboral, son ejemplo de faltas tipificadas en este tipo de violencia.
“En el 2020 se modificaron nueve leyes generales y donde ya se tipifica la violencia política en razón de género, porque la violencia política no solamente se da en materia electoral, sino también en materia penal, ya hay un delito tipificado como violencia política en razón de género, Morelos fue uno de los primeros estados que a nivel nacional tipificó la violencia política en razón de género y también la vía administrativa”.
Ixel Mendoza Aragón / Magistrada Presidenta TEEM
Al exponer el tema “La Violencia Política en Razón de Género y Medios de Comunicación”, consideró que es necesario que los representantes de los medios sean capacitados en este tema para evitar ser agresores por falta de conocimiento de las limitantes.