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Deberá crear la Comisión Estatal de Seguridad Pública el Registro de Agresores Sexuales

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La Comisión Estatal de Seguridad Pública contará con 180 días hábiles para integrar el Registro de Agresores Sexuales, luego de que este 28 de febrero se publicó el decreto en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad” por el que se reforma la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y el Código Penal de Morelos.

De acuerdo con el documento señala que se crea el Registro Estatal de Agresores Sexuales, como un instrumento que solo puede ser consultado por las autoridades competentes y su operación dependerá de la Comisión Estatal de Seguridad Pública, el cual contendrá datos de las personas sentenciadas por los delitos de naturaleza sexual.

Para ello, las autoridades jurisdiccionales competentes notificarán de inmediato a la Comisión Estatal de Seguridad Pública, de los delincuentes que tengan sentencia firme por alguno de los delitos previstos en el Código Penal.

En el decreto se señala que la dependencia estatal integrará una ficha del agresor sentenciado que deberá contener, cuando menos, lo siguiente: nombre completo; alias; Clave Única de Registro de Población; fotografía reciente; delito por el que fue condenado, y pena privativa de libertad estipulada.

La Comisión de Seguridad Pública tiene 180 días hábiles para crear el Registro Estatal de Agresores Sexuales el cual debe ser actualizado de manera mensual. 

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