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Recomienda el Colegio de Contadores Públicos de Morelos a empresas cumplir con la entrega de las utilidades, para evitar ser sancionados hasta con 5 mil salarios mínimos

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El reparto de utilidades es un derecho constitucional de las y los trabajadores que prestan sus servicios a una persona física o moral a cambio de un salario, por lo que tienen derecho a participar de las ganancias obtenidas por el patrón o la empresa, siempre y cuando se generen.

Para las empresas (personas morales), la obligación se genera a partir del primer día hábil de abril y hasta el último día hábil de mayo, por lo que el presidente del Colegio de Contadores Públicos de Morelos, Víctor Hugo Barranco, recomendó cumplir en tiempo y forma esta obligación o podrían ser sancionadas desde los 50 hasta los 5 mil salarios mínimos vigentes.   

“Esto según lo señala la ley federal del trabajo y el encargado o encargada de poner esta sanción es la PROFEDET que es la procuraduría federal del trabajo, también allí una extensión las empresas que no están obligadas al reparto de utilidades son las empresas de nueva creación

Menciono Víctor Hugo Barranco, Presidente del Colegio de Contadores Públicos de Morelos

El primer año, las empresas quedan exentas de pagar utilidades. Las demás deben cumplir con su obligación. En el caso de las personas físicas, el plazo es del 1 de mayo al 29 de junio.

Explicó que después del 30 de mayo, las y los trabajadores tienen un año para poder cobrar sus utilidades en caso de que por alguna circunstancia no lo hayan hecho.

“Entonces también prever este tipo de situaciones, ya que, pues no significa que el trabajador que no llegue a cobrar en ese momento pierda su derecho

Menciono Víctor Hugo Barranco, Presidente del Colegio de Contadores Públicos de Morelos

La cantidad recibida de utilidades depende de las ganancias de las empresas, tomando en cuenta que debe ser el 10 por ciento de lo declarado, 5 por ciento en base a la percepción del salario y 5 por ciento con base a los días trabajados. El monto máximo es de tres meses de salario.

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